ELIMINA TUS DEUDAS LEGALMENTE | LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA | TODO CHILE
La quiebra personal o liquidación voluntaria es un procedimiento legal establecido en la Ley 20.720 que permite a personas naturales en Chile eliminar sus deudas (excepto pensiones alimenticias y CAE) entregando su patrimonio embargable a sus acreedores.
Este proceso se tramita ante los Tribunales de Justicia, con supervisión de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR), y te permite empezar de cero financieramente. Nuestros abogados especialistas te guían en todo el procedimiento en Santiago, Rancagua, Valparaíso, Concepción y todo Chile.
Al finalizar el proceso, tus deudas quedan extinguidas legalmente: bancarias, comerciales, tarjetas de crédito, etc. (excepto pensiones alimenticias y CAE).
Los bienes inembargables están protegidos: cama, ropa, herramientas de trabajo, mínimo de sueldo, menaje de casa.
Desde la resolución de liquidación dictada por el Tribunal, se suspenden todas las acciones de cobranza, embargos y juicios ejecutivos en tu contra.
Una vez finalizado el procedimiento, puedes solicitar salir de DICOM y otros registros de morosidad.
Tramitado ante los Tribunales de Justicia y supervisado por SUPERIR. Es un derecho establecido en la ley chilena, completamente legal y válido.
Después de la quiebra puedes reemprender sin el lastre de deudas antiguas. La ley protege el reemprendimiento.
Así funciona el procedimiento de liquidación voluntaria bajo Ley 20.720:
Analizamos tu caso: deudas totales, ingresos, patrimonio. Determinamos si cumples los requisitos de la Ley 20.720.
Preparamos y presentamos tu solicitud de liquidación voluntaria ante el Tribunal Civil competente, con todos los antecedentes requeridos.
El Tribunal dicta la resolución de liquidación y designa un liquidador. Desde este momento se suspenden embargos y cobranzas.
Tus acreedores presentan sus acreencias. El liquidador verifica cuáles son válidas y su monto correcto.
El liquidador vende tus bienes embargables (si los hay) y reparte el producto entre los acreedores verificados. Si transferiste un bien antes de iniciar el proceso, revisa el Período de Sospecha de la Ley 20.720.
El tribunal dicta la resolución de extinción de las obligaciones. Todas tus deudas quedan extinguidas. Empiezas de cero.
Duración total: 12 a 18 meses aproximadamente | Costo abogado: $2.000.000 (10 x $200.000)
Aplica para personas naturales (no necesitas ser comerciante). Empresas tienen su propio procedimiento.
No hay monto mínimo ni máximo establecido por la ley. Puedes acogerte independientemente del monto de tus deudas.
Cualquier persona natural con deudas puede acogerse a la ley. No es requisito estar en cesación de pagos formal ni tener un número mínimo de acreedores.
No haber sido declarado en quiebra en los últimos 5 años.
Actuar de buena fe: no ocultar patrimonio, no haber contraído deudas sabiendo que no podrías pagarlas.
Chilenos y extranjeros con residencia en Chile. Funciona en Santiago, Rancagua, Valparaíso, Concepción y todas las regiones.
Nuestros honorarios para una quiebra personal son fijos: $2.000.000, pagaderos en 10 cuotas mensuales de $200.000. Esto incluye todo el proceso legal ante el Tribunal y la asesoría integral. No hay cobros adicionales ni sorpresas.
NO. La ley protege los bienes inembargables: cama y ropa del deudor y familia, útiles de trabajo necesarios para subsistir y el menaje de casa. Además, la Ley 20.720 protege tu sueldo: es totalmente inembargable hasta las 56 UF (~$2.100.000). Cualquier embargo sobre el excedente está limitado por ley a un máximo de 3 meses desde la resolución de liquidación.
El procedimiento simplificado (para personas sin empresa) demora aproximadamente 12 a 18 meses desde la presentación ante el Tribunal hasta la resolución de extinción de las obligaciones. Una vez dictada la resolución de liquidación, quedan suspendidas las acciones de cobranza y embargos.
Las excepciones según la Ley 20.720 son: pensiones alimenticias, obligaciones derivadas de delitos o cuasidelitos, y el CAE (protegido por su propia legislación). También se exceptúan las deudas respecto de las cuales el tribunal declare mala fe del deudor. Todas las demás se extinguen: bancarias, tarjetas de crédito, créditos de consumo, deudas comerciales, arriendos, servicios básicos, deudas tributarias, etc.
SÍ, totalmente. La quiebra NO te impide trabajar, tener sueldo, emprender o abrir nuevas cuentas bancarias (aunque algunos bancos pueden restringirte mientras dure el proceso). Una vez finalizada la quiebra, no hay ninguna restricción y puedes reemprender libremente.
Depende del régimen matrimonial. Si estás casado en sociedad conyugal, se liquida el patrimonio común (pero se protegen los bienes propios del cónyuge no deudor). Si estás en separación de bienes o soltero/conviviente, solo afecta tu patrimonio personal. Analizamos tu caso específico en la consulta gratuita.
SÍ. La Ley 20.720 es nacional y el procedimiento es el mismo en todo Chile. La solicitud de Liquidación Voluntaria se presenta ante el Tribunal Civil competente de tu domicilio. La Renegociación, en cambio, se tramita ante SUPERIR (entidad administrativa nacional). Nosotros atendemos clientes en Santiago, Rancagua, Valparaíso, Concepción y todo el país, tanto presencial como 100% online.
Liquidación: Eliminas todas tus deudas entregando tu patrimonio. Terminas sin deudas pero sin bienes embargables. Renegociación: Procedimiento administrativo gratuito ante SUPERIR. Requiere tener 2 o más obligaciones vencidas hace más de 90 días que sumen más de 80 UF. Pagas un % en plazo extendido y conservas más patrimonio. Te recomendamos la mejor opción según tu caso en la consulta gratuita.
Aquí está el desglose completo de los costos involucrados en un proceso de quiebra personal:
$2.000.000
Honorario Total
10 cuotas de $200.000
Sin intereses
Los gastos notariales (certificados, mandatos y documentos ante notario) son de cargo del cliente y se pagan directamente al notario.
Nuestros honorarios se pagan en cómodas cuotas mensuales. Te informamos de todos los costos desde el inicio, sin sorpresas.
¿Vale la pena? Si tienes deudas totales de $20.000.000 o más, el costo de $2.000.000 para eliminarlas legalmente representa apenas un 10% del monto total. Además, durante el proceso dejas de pagar todas las cuotas de tus deudas incluidas, lo que libera liquidez inmediata.
Estos son casos típicos de personas que se acogieron a la Ley 20.720 y recuperaron su tranquilidad financiera:
Situación: Carlos, 45 años, trabajador dependiente. Deudas por $18.000.000 (3 bancos, 2 casas comerciales, servicios básicos).
Solución: Liquidación voluntaria. Su sueldo fue protegido completamente (inembargable hasta 56 UF).
Resultado: Después de 10 meses: todas sus deudas extinguidas, salió de DICOM, recuperó tranquilidad. Continuó trabajando sin interrución.
Situación: María, 38 años, taxista. Deudas de $12.000.000 (TAG, tarjetas, financiera). Cesante por pandemia.
Solución: Liquidación voluntaria (carencia de bienes). Proceso rápido sin complicaciones.
Resultado: 12 meses después: deudas eliminadas, recuperó su crédito, ahora puede pedir crédito nuevamente para comprar taxi propio.
Situación: Juan y Patricia, deudas comunes de $25.000.000. Casados en sociedad conyugal. Ambos trabajadores.
Solución: Liquidación de Juan (el deudor principal). Patrimonio común fue liquidado conforme a la ley.
Resultado: Después de 14 meses: deudas extintas, pareja se reorganizó financieramente con una nueva situación patrimonial.
Algunos deudores piensan que pueden esconder bienes o no revelar todos sus ingresos. GRAVE ERROR. El liquidador designado tiene acceso a bases de datos del SII, bancos y registros de propiedad. Si descubren fraude, pierdes todos los beneficios y puedes enfrentar cargos penales.
Una vez iniciada la quiebra, los bancos e instituciones financieras no otorgan créditos nuevos. Además, hacerlo podría comprometer la buena fe requerida por el proceso. Evita cualquier solicitud de crédito desde que inicia el procedimiento.
Nuestro equipo se encarga de gestionar y recopilar toda la documentación necesaria (DICOM, liquidaciones, certificados de deuda). Lo que retrasa el proceso es que el cliente no entregue información completa y veraz desde el inicio. Sé transparente con tu abogado desde el primer día.
Muchos obtienen la resolución final pero no tramitan la salida de DICOM. La Ley 19.628 obliga a los registros a no publicar deudas extinguidas — puedes solicitarlo con la resolución de término. Nuestro equipo gestiona este trámite por ti, asegurando que quedes limpio en DICOM y el Boletín Comercial.
Deudas
Tabla comparativa completa. Cuándo elegir cada opción según tu situación real.
Deudas
Tu empleo y sueldo están protegidos. Explicación completa con casos reales.
Deudas
Guía paso a paso del proceso de Liquidación Voluntaria bajo Ley 20.720.
La quiebra personal puede ser tu solución. Consulta GRATUITA para evaluar si cumples los requisitos. Atención en todo Chile: Santiago, Rancagua, Valparaíso, Concepción y más.
Envíanos tus dudas y un abogado se contactará contigo a la brevedad.