📋 Contenido de esta Guía
¿Qué es la Ley 20.720?
La Ley 20.720, también conocida como Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas, es la normativa chilena que regula los procesos de quiebra tanto para empresas como para personas naturales.
Promulgada en 2014, esta ley reemplazó la antigua Ley de Quiebras y modernizó el sistema concursal chileno. Su objetivo principal es ofrecer una segunda oportunidad a personas y empresas sobreendeudadas, permitiéndoles eliminar deudas de manera legal y ordenada.
Para las personas naturales (individuos), la Ley 20.720 ofrece dos procedimientos principales:
- Liquidación Voluntaria: Eliminas todas tus deudas entregando tus bienes (con excepciones protegidas por ley).
- Renegociación: Procedimiento administrativo gratuito ante SUPERIR. Renegocias con tus acreedores (requiere 2+ obligaciones vencidas >90 días que sumen más de 80 UF), pagas un % en plazo extendido y conservas más patrimonio.
En esta guía nos enfocaremos en la Liquidación Voluntaria, que es el procedimiento más utilizado por personas naturales en Chile.
Beneficios de Acogerse a la Ley 20.720
1. Eliminación Legal de Deudas
El beneficio más importante: una vez aprobada tu quiebra, tus deudas quedan extinguidas (excepto pensiones alimenticias, obligaciones derivadas de delitos o cuasidelitos, y el CAE). Esto incluye:
- Deudas bancarias (créditos de consumo, tarjetas de crédito)
- Casas comerciales (Ripley, Falabella, Paris, etc.)
- Deudas con financieras no bancarias
- Deudas de TAG
- Servicios básicos impagos
- Deudas comerciales en general
2. Protección Inmediata Contra Embargos
Desde el momento en que presentas tu solicitud de quiebra ante el tribunal, se suspenden todos los procedimientos de cobranza en tu contra:
- Se detienen los embargos de sueldo
- Se suspenden los juicios ejecutivos
- Cesa el hostigamiento de empresas de cobranza
- Tus acreedores no pueden iniciar nuevas acciones legales
3. Protección de Bienes Esenciales
La ley protege ciertos bienes que son considerados esenciales para tu subsistencia:
- Herramientas de trabajo: Necesarias para tu oficio o profesión.
- Bienes de uso personal: Ropa, muebles básicos, cama del deudor y familia.
- Jubilaciones y pensiones: Inembargables por ley.
- Sueldo: Es inembargable hasta por 56 UF (~$2.1M). Cualquier retención sobre el excedente solo dura un máximo de 3 meses.
4. Extinción de Obligaciones
Con la Resolución de Término del procedimiento, se produce la Extinción de Obligaciones. Esto significa que legalmente tus deudas anteriores quedan extinguidas y tienes el derecho a que se borren tus antecedentes comerciales negativos (DICOM) asociados a esas deudas, permitiéndote reiniciar tu vida financiera.
Requisitos para Acogerse a la Ley 20.720
Requisitos Obligatorios
Para poder acogerte a la Liquidación Voluntaria bajo la Ley 20.720, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser Persona Deudora o Empresa Deudora: La ley contempla procedimientos específicos tanto para Personas Naturales como para Empresas (Personas Jurídicas).
- Estar sobreendeudado: Debes tener deudas que no puedes pagar con tus ingresos actuales.
- No haber sido condenado por delitos económicos: Quiebras fraudulentas, giro doloso de cheques en los últimos 5 años, etc.
- No haber sido declarado en quiebra en los últimos 5 años: Solo puedes acogerte una vez cada 5 años.
- Actuar de buena fe: Entregar información real y completa sobre tus deudas y bienes.
¿Qué Pasa si Tengo Propiedades?
La Ley 20.720 establece que al solicitar la Liquidación Voluntaria, pones a disposición tus bienes embargables para pagar a tus acreedores. Esto significa que si tienes bienes de valor (como una segunda propiedad, vehículos, etc.), estos podrían ser liquidados.
Sin embargo, existen bienes inembargables y situaciones particulares que evaluamos caso a caso. Nuestro objetivo es proteger tu patrimonio dentro del marco legal.
¿Qué Pasa si Trabajo como Dependiente o Independiente?
Ambos pueden acogerse. Si eres trabajador dependiente, una parte de tu sueldo estará protegida (según los límites legales del Código del Trabajo). Si eres independiente, tus herramientas de trabajo esenciales están protegidas.
¿Cómo Funciona el Proceso de Quiebra?
Paso 1: Consulta con Abogado Especializado
El primer paso es consultar con un abogado especialista en quiebras. En esta consulta (que en nuestro caso es gratuita), el abogado:
- Analiza tu situación financiera
- Determina si calificas para la Ley 20.720
- Te explica el proceso completo y los costos
- Responde todas tus dudas
Paso 2: Recopilación de Documentación
Una vez que decides proceder, debes reunir la siguiente documentación:
- Nómina de acreedores: Lista completa de todas tus deudas
- Comprobantes de deudas: Cartas de cobranza, estados de cuenta, etc.
- Certificado de deudas: De DICOM o similares
- Liquidaciones de sueldo: Últimos 3 meses
- Declaración de bienes: Propiedades, vehículos, etc.
- Certificados: Nacimiento, matrimonio (si aplica)
Tu abogado te guiará en la obtención de cada documento necesario.
Paso 3: Presentación de Solicitud ante el Tribunal
Tu abogado presenta formalmente la solicitud de Liquidación Voluntaria ante el tribunal civil correspondiente a tu domicilio. La solicitud incluye:
- Exposición de tu situación financiera
- Nómina completa de acreedores y montos
- Declaración de todos tus bienes
- Petición formal de acogerte a la Ley 20.720
Una vez que el tribunal dicte la resolución de liquidación, se suspenden automáticamente todos los embargos y juicios en tu contra.
Paso 4: Resolución del Tribunal
El tribunal revisa tu solicitud y, si todo está en orden, emite una resolución que:
- Declara tu quiebra
- Designa un "liquidador" (síndico) encargado del proceso
- Notifica oficialmente a todos tus acreedores
- Publicita la quiebra en el Boletín Concursal
Paso 5: Junta de Acreedores (si corresponde)
Se realiza una junta donde tus acreedores pueden presentarse. En la práctica, para deudas de personas naturales, los acreedores rara vez asisten porque saben que no recuperarán mucho.
Paso 6: Liquidación de Bienes (si corresponde)
Si tienes bienes no protegidos por la ley (por ejemplo, un segundo vehículo, propiedades de inversión), el liquidador los vende y reparte el dinero entre tus acreedores según sus prioridades legales.
Si vendiste o transferiste algún bien antes de iniciar este proceso, es importante que conozcas el Período de Sospecha: la ley permite revisar esas transacciones hacia atrás y, en algunos casos, revertirlas.
Paso 7: Resolución Final y Eliminación de Deudas
Una vez completado el proceso (generalmente 12 a 18 meses), el tribunal emite la resolución final que:
- Elimina todas tus deudas incluidas en la quiebra
- Te libera de cualquier obligación hacia esos acreedores
- Te permite comenzar de cero financieramente
¿Cuánto Cuesta el Proceso en Nuestro Estudio?
HONORARIOS TRANSPARENTES
Ley 20.720 | Quiebras | Liquidación
Honorario Total
10 cuotas de $200.000
- Sin deuda adelantada
- Gastos notariales de cargo del cliente
- Atención personalizada
- Política "Cuentas Claras"
En nuestro estudio, el valor informado es FINAL. No te cobraremos extras sorpresa durante la tramitación.
Liquidación vs Renegociación: ¿Cuál es la Diferencia?
La Ley 20.720 ofrece dos procedimientos distintos para personas naturales:
Liquidación Voluntaria (Más Común)
- Objetivo: Eliminar todas tus deudas
- Duración: 12 a 18 meses
- Requisito: Entregas tus bienes no protegidos (si tienes)
- Resultado: Deudas eliminadas completamente
- Ideal para: Personas con deudas impagables y pocos bienes
Renegociación
- Objetivo: Renegociar tus deudas bajo supervisión de SUPERIR
- Procedimiento: Administrativo, ante SUPERIR (no ante tribunal)
- Costo: Gratuito (sin costo para el deudor)
- Requisito de acceso: Tener 2 o más obligaciones vencidas hace más de 90 días corridos que sumen más de 80 UF
- Aprobación: Los acreedores deben aprobar el plan (75% por monto)
- Duración: Plan de pago de hasta 5 años
- Resultado: Pagas un % de tus deudas en plazo extendido
- Ideal para: Personas con ingresos estables que quieren conservar más patrimonio
En la consulta gratuita evaluamos cuál procedimiento es mejor para tu caso específico. Te recomendamos la mejor opción según tu situación.
¿Por Qué la Ley 20.720 es Mejor que la Ley Antigua?
La Ley 20.720 (2014) reemplazó la antigua Ley de Quiebras que estuvo vigente por más de 100 años. Los cambios principales son:
| Aspecto | Ley Antigua | Ley 20.720 |
|---|---|---|
| Personas Naturales | Muy limitado (solo empresarios) | Accesible a todos (empleados, cesantes) |
| Duración promedio | 3-5 años | 12 - 18 meses |
| Segunda oportunidad | No (stigma permanente) | Sí (nueva oportunidad financiera; puedes volver a acogerte después de 5 años) |
| Protección de ingresos | Limitada | Fuerte (56 UF inembargables) |
| Reorganización | No existía | Opción de renegociar deudas |
Cronograma Estimado: Mes a Mes del Proceso de Quiebra
Aunque cada caso es único, este es el cronograma típico de un proceso de Liquidación Voluntaria bajo la Ley 20.720:
Mes 0-1: Consulta y Preparación
Acciones: Consulta gratuita, recopilación de documentos (nómina de acreedores, DICOM, últimos 3 meses de liquidación de sueldo).
Costo: Primer pago de honorarios ($200.000).
Mes 1-2: Presentación ante Tribunal
Acciones: Presentación formal de la demanda de Liquidación Voluntaria ante el tribunal civil. Notificación a acreedores.
Mes 2-3: Resolución de Liquidación
Acciones: El tribunal emite la resolución de liquidación, que declara la quiebra y designa al liquidador. Desde esta resolución se suspenden los embargos y las cobranzas.
Publicidad: Se publica en el Boletín Concursal (requerimiento legal).
Mes 3-6: Fase de Liquidación
Acciones: El liquidador realiza la Junta de Acreedores (opcional pero frecuente). Si tienes bienes, inicia la venta.
Tu rol: Mínimo; el liquidador maneja el proceso. Entregas documentación si se requiere.
Mes 6-12: Cierre de la Quiebra
Acciones: El liquidador presenta el balance final, cierra la liquidación. Se prepara la resolución de término.
Importante: Aquí es cuando se extinguen legalmente todas tus deudas.
Mes 12-18: Trámites POST-QUIEBRA
Acciones: Nuestro equipo gestiona la eliminación de DICOM y Boletín Comercial con la resolución de extinción de obligaciones en mano.
Resultado: Estás limpio y listo para empezar de nuevo.
Nota: Este cronograma es aproximado. Algunos procesos son más rápidos (12 meses) si no hay complicaciones; otros pueden demorar hasta 2 años si hay objeciones de acreedores o bienes complejos.
¿Cómo Afecta la Quiebra a tu Crédito Futuro?
Una pregunta legítima: ¿si me declaro en quiebra, ¿podré acceder a crédito en el futuro? La respuesta es sí, pero con ciertas consideraciones:
Inmediatamente Después de la Resolución Final
- Legalmente eres nuevamente "sujeto de crédito" (el derecho se restaura automáticamente).
- DICOM y el Boletín Comercial se limpian.
- Bancos e instituciones financieras NO ven antecedentes de quiebra (fue eliminado de sistemas públicos).
En la Práctica (Primer Año)
- Acceso a crédito es limitado inicialmente. Bancos son cautelosos con personas que acaban de salir de quiebra.
- Tasas de interés pueden ser más altas (riesgo percibido).
- Límites de crédito son reducidos (tarjeta con $500K - $1M de límite máximo).
Reconstrucción de Historial (Año 1-3)
Para recuperar tu historial crediticio normal, recomendamos:
- Comienza con productos de bajo monto: Solicita una tarjeta de crédito de casa comercial (Ripley, Falabella) con límite pequeño. Son más accesibles al inicio.
- Úsala y paga a tiempo: Durante 12-24 meses, usa el crédito y paga el 100% mensualmente. Esto reconstruye tu historial positivo.
- Escala gradualmente: Después de 1-2 años de buen historial, accede a créditos de consumo bancarios y luego a productos hipotecarios.
- Monitorea tu situación: Solicita tu informe CMF gratuito periódicamente para verificar que no tienes registros negativos activos.
Después de 3-5 Años
- Tu historial crediticio se habrá normalizado completamente si has sido disciplinado.
- Acceso a tasas normales de mercado en bancos.
- Hipotecas son posibles nuevamente (con historial de 2+ años de crédito positivo).
- El hecho de haber pasado por una quiebra es cosa del pasado.
Errores Comunes al Declararse en Quiebra (Evítalos)
En nuestros 10+ años de experiencia, hemos visto estos errores recurrentes:
1. Ocultar Bienes o Ingresos al Abogado
Algunos deudores ocultan bienes o no revelan todos sus ingresos pensando que "no se van a enterar". Grave error. El liquidador designado tiene acceso a bases de datos del SII, bancos y registros de propiedad. Si descubren fraude, pierdes el beneficio de la quiebra y puedes enfrentar cargos penales. Sé siempre transparente con tu abogado.
2. No Entregar Información Completa al Abogado
Nuestro equipo gestiona toda la documentación necesaria (DICOM, liquidaciones, certificados de deuda). Lo que retrasa el proceso es que el cliente no entregue información completa y veraz desde el inicio. Sé transparente con tu abogado desde el primer día.
3. Solicitar Crédito Nuevo Durante el Proceso
Una vez iniciada la quiebra, los bancos e instituciones financieras no otorgan créditos nuevos. Además, hacerlo podría comprometer la buena fe requerida por el proceso. Evita cualquier solicitud de crédito desde que inicia el procedimiento.
4. No Pagar los Honorarios del Abogado a Tiempo
Si no pagas las cuotas de tu abogado, este puede desistirse de tu patrocinio, dejándote sin defensa legal. Mantén los pagos al día.
5. Buscar "Salidas Fáciles" con Deudores Privados
Algunos caen en ofertas de "condonación de deudas" por parte de supuestos gestores privados. La mayoría son estafas. La única vía legal es el tribunal o negociaciones directas con acreedores.
6. No Saber que la Salida de DICOM es un Trámite Separado
Una vez extinguidas tus deudas, la Ley 19.628 obliga a los registros (DICOM/Equifax, Boletín Comercial) a no comunicar esas obligaciones. Puedes solicitar la eliminación con la resolución de término. Nuestro equipo gestiona este trámite por ti, asegurando que quedes limpio en todos los registros comerciales.
⚠️ Importante: Deudas que NO se Eliminan con la Quiebra
La gran mayoría de las deudas quedan extinguidas. Las excepciones establecidas por la Ley 20.720 son:
- Pensión Alimenticia y Compensación Económica de Divorcio: Deudas por manutención de hijos, ex cónyuge o compensación económica de divorcio. La ley las protege especialmente porque benefician a menores y ex cónyuges vulnerables.
- CAE (Crédito con Aval del Estado): El crédito universitario con garantía estatal persiste después de la quiebra y debe seguir siendo pagado.
Importante: Deudas bancarias, tarjetas de crédito, créditos de consumo, deudas de casas comerciales, TAG, servicios básicos, arriendos e incluso deudas tributarias (impuestos) sí quedan extinguidas. En la consulta gratuita te explicamos exactamente qué ocurre con tus deudas específicas.
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