Introducción
La ley 20.720 o también conocida como “ley de quiebras” es aquella normativa que establece una serie de procedimientos judiciales concursales con objetivo de que las personas tanto naturales como empresas puedan terminar con el problema del sobreendeudamiento, a través de los diferentes procedimientos que se establecen en dicha ley.
En este artículo explicaremos específicamente el procedimiento de “liquidación voluntaria de personas deudoras” de gran aplicación práctica, previsto en la Ley N° 20.720 que permite a las personas naturales declararse en quiebra.
¿Qué es el Procedimiento de Liquidación Voluntaria o Quiebra de Persona Deudora?
Es un procedimiento judicial voluntario que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Persona Deudora, con el objeto de eliminar las deudas y los registros de dichas deudas. Se lleva a cabo en el tribunal competente al domicilio de la persona deudora.
Una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la sentencia que declara el término del Procedimiento Concursal de Liquidación, se entenderán extinguidos por el solo ministerio de la ley y para todos los efectos legales las deudas contraídas por el deudor, con anterioridad al inicio del Procedimiento Concursal de Liquidación.
¿Quiénes pueden someterse al Procedimiento Concursal de Liquidación de los bienes (Quiebra) de Persona Deudora?
Cualquier persona deudora independiente de su actividad, profesión u oficio, edad o sexo. Claro que debe cumplir con ciertos requisitos que establece la ley. Y contar la asesoría de nuestros Abogados expertos en ley de quiebra, que patrocinará tu causa.
¿Cuáles son los Requisitos para someterse a Quiebra?
¿Todos pueden declarase en quiebra? Sí, toda persona natural puede hacerlo, pero debe cumplir con algunos requisitos de la Ley 20.720. Muchos confunden los requisitos para la renegociación y la liquidación como si fueran los mismo, ¡pero no es así!.
Requisitos:
- Ser persona natural (chileno o extranjero con residencia en Chile).
- Tener deudas que no puedas pagar.
- Patrocinio de un abogado especialista en insolvencia.
- No haber sido declarado en quiebra en los últimos 5 años.
- Actuar de buena fe entregando información real y completa.
¿Puedo eliminar mis registros comerciales negativos?
Si todos tus acreedores, es decir todas las empresas a las que les debes, están incluidas en tu quiebra de persona natural, entonces quedarás limpio y sin antecedentes comerciales.
Eso sí y muy importante, no saldrás automáticamente del boletín comercial. La eliminación de tus registros comerciales es un trámite separado que debe gestionarse con la resolución de término en mano. En Abogados UP Soluciones nos encargamos de este trámite por ti, asegurándonos de que quedes completamente limpio en los registros.
¿Qué beneficios tengo al declararme en Quiebra?
Durante la quiebra:
- Dejas de pagar todas las deudas.
- Se paralizan todos los embargos.
- No te pueden rematar tus cosas.
- Estás protegido por abogados y la ley.
Después de la Quiebra:
- Se elimina DICOM y todos los registros comerciales.
- Se eliminan todas las deudas (excepto pensiones alimenticias, CAE y las derivadas de delitos o cuasidelitos).
- Vuelves a ser sujeto de crédito.
- Comienzas de cero y sin deudas.
¿Quieres saber cuánto cuesta el proceso? Consulta nuestra guía sobre el costo de declararse en quiebra.
Aviso legal: Este artículo es de carácter informativo y aplica exclusivamente a la legislación vigente en Chile. No constituye asesoría legal. Para una evaluación de su caso particular, consulte con un abogado.